Sección 504 Del Acta de Rehabilitación de 1973

Trasfondo

Sección 504 de Acta de Rehabilitación es la ley de Derechos Civiles que prohibe la discriminación contra individuos con discapacidades.  Así como en relación de enseñanza pública, la ley manifiesta que una escuela no puede colocar a un estudiante en facilidades o clases segregadas “solamente a causa de su discapacidad.”  Estudiantes con discapacidades deben recibir las mismas oportunidades para participar en actividades académicas, o cuales no sean académicas y actividades extracurriculares como sus iguales.  Esta ley aplica a escuelas elementales y secundarias, y también a otras entidades educativas. logo United States department of Health and Human Services

Bajo la Sección 504, el estudiante con una discapacidad puede recibir accommodaciones y  modificaciones, así como también instrucción individualizada, designada para lograr sus necesidades educativas.  Bajo la Sección 504, niños con discapacidades deben ser educados con sus iguales sin discapacidades "hasta la máxima extensión apropiada".  Estudiantes sólo pueden estar colocados en aulas separadas o cursos especiales de educación cuándo, después una evaluación apropiada, se determina que “la condición o severidad de la discapacidad sea tal que la educación en las clases regular, con el uso de ayudas suplementarias y servicios, no pueden ser logrados satisfactoriamente.”

Todos estudiantes que califican para educación especial y servicios cuales son relacionados bajo Individuos con Acto de Discapacidades (IDEA)  también se cubren por provisiones de Sección 504.  Sin embargo, no todos los estudiantes que califican para Sección 504 son elegibles para servicios de IDEA.  Eso es porque la definición de Sección 504 “un estudiante con una discapacidad” es más amplia que la definición de IDEA y no es limitado a categorías de discapacidad específicas.

¿Cuándo deben los padres’ solicitar para servicios de Sección 504?

Sección 504 es el “paraguas” de las leyes cuales cubren personas que tienen deterioro físico o mental que sustancialmente limita una actividad principal o más.  Bajo la Sección 504, “actividades principales de vida ” incluyendo cuidar a si mismo, realizar tareas manuales, caminar, ver, escuchar, hablar, respirar, leer, escribir, calcular problemas de matemáticas, concentrar, interactuar con otros, aprender y trabajar.

Típicamente padres solicitan servicios bajo Sección 504 cuando:
1) su niño tiene una condición, como asma crónica o diabetes, que no es cubierta por IDEA, o 
2) su niño tiene una discapacidad cubierta por IDEA, como ADHD o leve discapacidad de aprendizaje, pero no requiere servicios de IDEA para aprovechar de su educación. 

A menudo estudiantes protegidos bajo Sección 504 tienen “discapacidades ocultos ”, cuáles incluyen vision pobre, oir pobre, enfermedad cardiaca, o una enfermedad crónica, como cáncer. El Dep. de Educación de U.S. (ED) tiene un folleto disponible que discute Derechos civiles de estudiantes con discapacidades ocultos refieren de ejemplos específicos de las necesidades educativas de estos estudiantes y como pueden ser dirigidos bajo Sección 504.

Un estudiante que usa una silla de ruedas, pero quién no tiene deterioro neurológico, es un buen ejemplo de un estudiante que mejor puede aprovechar de su educación conforme al Sección 504.  Sección 504 requeriría que la escuela provea transportacion asequible hacia y desde escuela, así como también alojamientos necesarios en el aula y el edificio.  El alojamiento podría incluir usar una grabadora para tomar notas para compensar escribir dificultades y tiempo extra para llegar al clase siguiente.  Es posible que este estudiante no necesite educación más especial comprensiva bajo IDEA para aprovechar su educación.

Sección 504 y IDEA: ¿Cómo son diferente?

Como IDEA, Sección 504 requiere identificación, evaluación, provisión de servicios apropiados, notificación a los padres, un plan individualizado, y salvaguardas de procedimientos. Sin embargo, muchos requisitos bajo Sección 504 son diferentes de esos bajo IDEA.  Por ejemplo, en vez de un comiteé ARD desarrollando un IEP para el estudiante, un comité compuesto de personas competentes con relación al niño desarrollan el plan 504.

Mientras un padre debe ser notificado, consentimiento parental no es requerido para que un estudiante sea evaluado o recibir un cambio de colocación bajo Sección 504.  Padres deben ser conscientes de que los distritos escolares tengan flexibilidad cómo desarrollan y cumplen políticas y métodos de Sección 504, y las medidas salvaguardas bajo Sección 504 no sean tan estricto como esas bajo IDEA.

Debido que es una ley de derechos civiles, asistencia técnica y ejecución de Sección 504 son proporcionados a través de la Oficina de derechos civiles (OCR): asuntos de IDEA son tratados según la agencia estatal de educación.

Para más información sobre la Sección 504 en el campus escolar de su niño, pregunte al principal del campus o a su director de educación especial que sea el coordinador 504 y planifique una reunión con esa persona.  Cada distrito escolar tiene un coordinador 504, que le puede contestar preguntas sobre la disponibilidad de servicios y cómo el proceso funciona.

Recursos para los Padres

Comparación de IDEA, Sección 504, y el acto de Americanos con Discapacidades   (pdf)

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